REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 12 de junio de 2017.-
207º y 158º
Visto el escrito de aclaratoria presentado por la ciudadana NORKA JOSEFINA FORNES LAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-625.960, debidamente asistida por la abogada ROSALINDA BLANCO CARRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 56.034 al escrito de la solicitud del Titulo Supletorio signado con el Nº 2012-1323 (nomenclatura interna de este Tribunal) , y acompañado a efecto videndi, este Tribunal conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de mayo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en fecha 02 de abril de 2009, acuerda declarar Con Lugar Aclaratoria al escrito de solicitud de Titulo Supletorio, evacuado por este Tribunal en fecha 21 de mayo de 2012, a favor de la ciudadana NORKA JOSEFINA FORNES LAGO, antes identificada, en los términos expuestos en el escrito de aclaratoria, en consecuencia se ordena la devolución de las actuaciones que conforman el presente expediente, constante de tres (03) folios útiles, previa constancia en el libro diario llevado por este Tribunal y copia certificada que de las presentes actuaciones se expide a la parte solicitante conforme al artículo 111 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1 de la Ley de Sellos y para agregar a los archivos de este Tribunal, y así se decide.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA,

ABG. HILDA JOSEFINA NAVARRO
En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado en el auto anterior
LA SECRETARIA,

ABG. HILDA JOSEFINA NAVARRO
THA/HJN
Expediente N° 2017-5626