REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



San Antonio de Los Altos, 22 de junio de 2017
207° y 158°

Revisado como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana AMALIA JULIA HERRERO de RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad NRO V-5.530.636; asistida por el abogado Giuseppe Tremamunno Marrulli, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 32.981; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y del artículo 825 del Código Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos AMALIA JULIA HERRERO de RAMÍREZ y FRANCISCO JOSÉ HERRERO RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.530.636 y V-6.190.518, respectivamente; en su carácter de hijos de la causante AMALIA RODRÍGUEZ DE HERRERO, quien en vida era de nacionalidad española, titular de la Cédula de Identidad N° E-536.868, y con pasaporte Español signado con el Nro. XDA860414, quien falleció en el día veinte (20) de febrero de 2017, tal como se desprende de Acta de Defunción, emitida por la Oficina de Registro Civil Parroquia Petare, Municipio Sucre del estado Miranda, Acta Nro. 407, libro 02, al folio 157; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase la presente solicitud, déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL


EL SECRETARIO
BEYRAM DÍAZ MARTÍNEZ

NÉSTOR PERDOMO J.

Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO