REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 9 de junio de 2017
207° y 158°
Vistas la solicitud y documentación presentadas por el ciudadano José Álvarez Rodríguez, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro 6.163.120, asistido por los abogados Clotilde Casalena y Carlos Vizcarrondo, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 32.315 y 10.436, en su orden; y evacuadas como han sido las declaraciones de las testigos presentadas por el solicitante, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JOSÉ ÁLVAREZ RODRÍGUEZ, antes identificado, sobre las mejoras y bienhechurías constituida por un galpón con un área total aproximada de construcción de CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (45 mts2). Que en la presente declaró el solicitante haber construido sobre un lote de terreno ubicado en el sitio denominado “El Hoyo del Muerto” y “El Limón”, en Jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Miranda; que le pertenece según consta en Documento de Venta Protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha diecisiete (17) de mayo de mil novecientos setenta y seis (1976), quedando registrado bajo el N° 24, Protocolo 1°, Tomo 5. Que el referido lote de terreno se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el Nº 0024660, y tiene una superficie aproximada de OCHOCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (830 mts2), cuyos linderos y medidas constan en autos, sin haber sido señalados según las especificaciones exigidas por la Ley de Geografía y Cartografía Nacional (UTM REGVEN), por voluntad expresa del propio interesado, con diligencia presentada en fecha 9 de mayo de 2017.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,
EL SECRETARIO,
BEYRAM DÍAZ MARTÍNEZ
NÉSTOR PERDOMO JIMÉNEZ
Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente Nº: S-2017-118
BDM / NPJ / jge