REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES.

Los Teques, 14 de marzo de 2017
206° y 158º

De la revisión de las presentes actuaciones se evidencia que este Tribunal mediante decisión dictada en fecha 24 de febrero de 2017, declaró inadmisible la solicitud de Oferta Real presentada por la ciudadana CONCETTA SCIVOLETTO ADAMO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.165.942, de este domicilio, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 97.400, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana CARMEN MARÍA TACHAU TORRES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 3.120.666, y por cuanto se observa que el proceso está terminado, este Tribunal en consecuencia ordena el cierre y archivo del presente expediente y su remisión al Depósito de expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Miranda. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


TERESA HERERRA ALMEIDA
LA SECRETARIA,


Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.


LA SECRETARIA,


THA/HJN/Damelis
Exp. Nº 17-5577