REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 02 de marzo del año 2017
206º y 158º

De una revisión exhaustiva del contenido de las actuaciones que conforman el presente expediente, que por DECLARACION DE HEREDEROS UNIVERSALES, sigue el ciudadano GERARDO DE CAROLIS PIZZUTI, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-6.151.437, este Tribunal observa que la referida solicitud es presentada por la abogada LOIDA ROSA GARCIA ITURBE, mayor de edad, venezolana, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 22.588, titular de la cédula de identidad N° V-6.459.859, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano GERARDO DE CAROLIS PIZZUTI, arriba identificado, siendo el caso que el instrumento poder en que fundamenta su intervención en la presente solicitud la identificada abogada, fue consignado en copia simple, en tal virtud, este Tribunal conforme a lo establecido en el Segundo (2do) aparte del artículo 11 y artículos 895 al 901, todos del Código de Procedimiento Civil, insta a la parte accionante a consignar para su certificación original del instrumento poder, por considerar este Juzgado que dicho recaudo, es fundamental para la continuación del proceso que se ventila en la presente solicitud, y así se establece.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,

Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO REVETE.



THA/HJNR/Deivyd
Exp. N° 17-3319