REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control N° 02
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
con sede en la ciudad de Los Teques
Los Teques, 14 de marzo de 2017
Juez: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal 1º del Ministerio Público: Abg. Asdrúbal Briceño.-
Defensora Pública: Abg. Elizabeth Corredor.-
Imputado: Franklin José Morales Rivas, titular de la cédula de identidad número V-14.851.404.-
Secretario: Abg. Keldryz Palacios.-
Delito: Riña, previsto y sancionado en el artículo 425 del Código Penal.-
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES de la causa signada con el N° 2C8357-11 seguida en contra de Franklin José Morales Rivas, titular de la cédula de identidad Nº 14.851.404 por la presunta comisión del delito de Riña, previsto y sancionado en el artículo 425 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo establecido en los artículos 1, 8, 9, 10, 12 y 296 del código Orgánico Procesal Penal. Como consecuencia de lo anterior se DECRETA el CESE inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas así como de la condición de imputado del ciudadano Franklin José Morales Rivas.-
Notifíquense a las partes conforme al contenido del único aparte del artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal, en el caso del ciudadano: Franklin José Morales Rivas, titular de la cédula de identidad Nº 14.851.404, se ordena publicar en cartelera la respectiva boleta de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 165 ejusdem.-
Remítase las actuaciones al Fiscal del Ministerio Público respectivo.-
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.-
El Juez
Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
La Secretaria
RRA/rr.-
Causa: 2C8357-11