REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA


Los Teques, 16 de Mayo de 2017.

207º y 158º

En la solicitud de Habeas Data presentada por ante este Tribunal, por los ciudadanos CONCEPCIÓN ENGRACÍA PEREIRA DE HERRERA y GONZALO EMILIO HERRERA ZAMBRANO, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.247.465 y 6.837.825, respectivamente, debidamente asistidos de abogado, este Tribunal observa de la revisión de las presentes actuaciones se evidencia que la presente solicitud se encuentra terminada, por cuanto este Tribunal en fecha 28 de abril de 2017, declaro la Inadmisibilidad de la solicitud por falta de interés procesal, en consecuencia, SE ORDENA EL CIERRE Y ARCHIVO DE LA PRESENTE SOLICITUD y su remisión al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Miranda. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA

LA SECRETARIA,


Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO R.,


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.-



LA SECRETARIA,
THA/HJNR/Máximo
Solicitud. N° 16-5576