REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 16 de mayo de 2017.
207º y 158º

De una revisión de las actas que conforman las presente actuaciones, iniciadas con motivo de la Solicitud de Justificativo de Testigo, que sigue el ciudadano JUAN EVERT SARABIA PRADO, colombiano, titular de la cédula de identidad Nº E-81.853.887, este Tribunal, encuentra que por cuanto en fecha 03-05-2017, declaro Inadmisible la presente Solicitud, en consecuencia, este Tribunal ordena el CIERRE y ARCHIVO de este expediente. Remítase al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,

Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO.


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.


LA SECRETARIA,




THA/HJN/tb
Exp. Nº 2017-5584.