REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES.

Los Teques, 31 de mayo de 2017
207° y 158º

De la revisión de las presentes actuaciones se evidencia que este Tribunal mediante decisión dictada en fecha 26 de octubre de 2016, declaró Con Lugar la solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, presentada por los ciudadanos JESSICA DEL CARMEN MEDINA SANCHEZ y JULIO EDUARDO APONTE COLMENARES, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-18.675.709 y V-16.554.023, respectivamente; en fecha 03 de noviembre de 2016 decretó la ejecución de sentencia antes mencionada, y en las fechas de 23 de noviembre de 2016 y 30 de mayo de 2017, el Alguacil del Tribunal mediante diligencia consignó copia de los oficios Nros. 382 y 381, respectivamente, recibidos por las oficinas de Registro Civiles correspondientes, por cuanto se observa que el proceso está terminado, este Tribunal en consecuencia ordena el cierre y archivo del presente expediente y su remisión al Depósito de expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Miranda. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERERRA ALMEIDA
LA SECRETARIA,


Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.


LA SECRETARIA,


THA/HJN/Damelis
Exp. Nº 15-9761