REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA








JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



San Antonio de Los Altos, 10 de mayo de 2017

207° y 158°



Vistas la solicitud y documentación presentadas por el ciudadano Carlos Jesús Campos Silva, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro 6.660.604, asistido por la abogada Dayana Coromoto Maldonado Etayo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 205.829; y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por la solicitante, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano CARLOS JESÚS CAMPOS SILVA, antes identificado, sobre las mejoras y bienhechurías constituida por un galpón destinado para uso comercial, con un área total aproximada de construcción de MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTÍMETROS CUADRADOS (1.733,70 mts2), dividido en tres (3) locales como se describen a continuación: LOCAL 1 consta de tres (3) niveles distribuidos así: Planta Baja (Nivel 0.00) con un área total aproximada de construcción de setecientos sesenta y cinco metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (765,40 mts2); Mezzanina (Nivel +2.70) con un área total aproximada de construcción de setenta y cinco metros cuadrados con ochenta centímetros cuadrados (75,80 mts2), y Segunda Planta (Nivel +5,40) con un área total aproximada de construcción de setenta y cinco metros cuadrados con treinta centímetros cuadrados (75,30 mts2), para un área total aproximada de construcción de novecientos dieciséis metros cuadrados con cincuenta centímetros cuadrados (916,50 mts2). LOCAL 2 cuenta con dos (2) niveles distribuidos así: Segunda Planta (Nivel +5,40) con un área total aproximada de construcción de ciento treinta y tres metros cuadrados con setenta centímetros cuadrados (133,70 mts2); Mezzanina 2 con un área total aproximada de construcción de ciento dieciocho metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (118,40 mts2), para un área total aproximada de construcción de doscientos cincuenta y dos metros cuadrados con diez centímetros cuadrados (252,10 mts2); y LOCAL 3 con un (1) nivel ubicado en la Segunda Planta (Nivel +5,40) con un área total aproximada de construcción de quinientos sesenta y cinco metros cuadrados con diez centímetros cuadrados (565,10 mts2). Que en la presente declaró el solicitante haber construido sobre un inmueble denominado en el plano general de adquisición como Lote N° Uno (1), ubicado en las inmediaciones del kilómetro 14 de la Carretera Panamericana, Sector denominado “Las Minas”, Jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Miranda, que le pertenece según consta en Documento de Venta Protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha dieciocho (18) de septiembre de dos mil nueve (2009), quedando registrado bajo el N° 2009.818, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N° 232.13.13.1.1060, del Libro de Folio Real del año 2009. Que el referido lote de terreno tiene una superficie aproximada de TRES MIL CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS (3.056,81 mts2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el Nº 0008928.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,

EL SECRETARIO,

BEYRAM DÍAZ MARTÍNEZ

NÉSTOR PERDOMO JIMÉNEZ





Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente Nº: S-2017-090
BDM / NPJ / jge