TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 11 de mayo de 2017
207º y 158º
Vista la Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por el ciudadano LUIS RAUL ESTEVES CRISTANCHO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.135.481, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, asistido por la abogado en ejercicio LENIS MARIOLY VALECILLOS DE CASTRO, inscrita en el IPSA bajo el N° 37.743, constante de CATORCE (14) folios utilizados, este Tribunal procedió a escuchar la declaración testifical de las ciudadanas BLANCA SOFIA SUESCUN y MARISOL SUESCUN, venezolanas, titulares de las cédulas de identidad N°s V-12.228.721 y V-14.875.661, insertas a los folios 11 al 14, respectivamente, quienes son contestes en señalar que ciertamente el ciudadano RAUL RAMON ESTEVES RODRIGUEZ, falleció en fecha 12 de septiembre de 2016 y que sus únicos y universales herederos son los ciudadanos LUIS RAUL ESTEVES CRISTANCHO y DORIS MARIA RODRIGUEZ GONZALEZ, fijadas mediante auto de fecha 03 de mayo de 2017, inserto al folio 10. En consecuencia, este Tribunal procedió a constatar la documentación presentada ante el fallecimiento del ciudadano RAUL RAMON ESTEVES RODRIGUEZ, y así se evidencia de acta de defunción N° 408, inserta a los folios 04 y 05, de fecha 14 de septiembre de 2016, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Santa Lucia del Municipio Paz Castillo del Estado Miranda, en la cual consta que dejó padres.
Así mismo, se verificó la siguiente documentación: a) Copia de cédula del ciudadano LUIS RAUL ESTEVES CRISTANCHO, folio 03; b) Copia de Cédula del de cujus RAUL RAMON ESTEVES RODRIGUEZ, folio 06; c) Copia de Cédula y Pasaporte de la ciudadana DORIS MARIA RODRIGUEZ GONZALEZ, folios 07 y 08; d) Partida de Nacimiento N° 580, de fecha 23 de junio de 1992, perteneciente a RAUL RAMON, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, del Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira, folio 09.
Vistas y analizadas las anteriores diligencias este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara suficientes los recaudos consignados con la presente solicitud, para asegurarle a los ciudadanos LUIS RAUL ESTEVES CRISTANCHO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.135.481 y DORIS MARIA RODRIGUEZ GONZALEZ, colombiana, titular de la cédula de ciudadanía N° 60.294.221 y con N° de Pasaporte FB566898, domiciliados en San Cristóbal, Estado Táchira, respectivamente, el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus RAUL RAMON ESTEVES RODRIGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-20.369.723, fallecido el día 12 de septiembre de 2016, según acta de defunción N° 408, de fecha 14 de septiembre de 2016, quien en vida fuera hijo de los ciudadanos LUIS RAUL ESTEVES CRISTANCHO y DORIS MARIA RODRIGUEZ GONZALEZ, antes identificados.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TITULAR,
Abg. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. NORMA MAGALLY ONTIVEROS CHACON
En la misma fecha se deja copia certificada para el archivo del Tribunal.
Secretaria Titular
RMCQ/Magally o.-
Sol. N° 620-17
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