En horas de despacho del día de hoy, veintitrés (23) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), fecha y hora fijada en el expediente signado bajo el Nº E-17-192, para que tenga lugar la práctica de la INSPECCIÓN JUDICIAL solicitada en escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 18 de octubre de 2017 inserto a los folios ciento siete (f. 107) al ciento diez (f.110) ambos inclusive, por la abogada NELYDA AIMARA RIVAS PEÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 59.035 en su carácter de apoderada judicial del ciudadano RAFAEL JAVIER NUÑEZ GALINDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-10.281.140, parte demandada y acordada por este Tribunal por auto de fecha 20 de noviembre del presente año; se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal por la ciudadana alguacil, en la forma de ley, y comparecen las abogadas NELYDA AIMARA RIVAS PEÑA y BELKIS JOSEFINA BARBELLA INFANTE, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 59.035 y 24.932 en su orden, apoderadas judiciales de la parte demandada-promovente y actora respectivamente. Seguidamente, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, se trasladó y constituyó en un anexo del inmueble tipo galpón que forma parte del Edificio denominado Hermanos Calcagno, ubicado en la ciudad de Los Teques, Avenida Bertorelli, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda. Constituido el Tribunal en el inmueble antes identificado el Tribunal fue atendido por el ciudadano RAFAEL JAVIER NUÑEZ GALINDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.281.140, quien nos conduce al interior del inmueble objeto de la inspección judicial. In continenti, el Tribunal procede a designar como practico fotógrafo al ciudadano LUIS PINTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.457.368, quien fue impuesto de su misión, y prestó el juramento de ley. De seguidas, pasa el Tribunal a evacuar los particulares a que se refiere el escrito de promoción y evacuación de pruebas, e inicia el recorrido en compañía de la parte interesada y el práctico designado, dejándose constancia sobre los siguientes particulares: PRIMERO: En lo que respecta a este particular, el Tribunal deja constancia que el lugar donde se encuentra constituido es al frente de la avenida Bertorelli, Poste alumbrado público identificado con las siglas 76HH767, entrando por una reja de color beige se visualiza un aviso donde se lee UNIDAD EDUCATIVA EL ENCANTO inscrito MECD, que nos conduce a una vía de penetración donde se observa un segundo aviso donde se lee EDIF. HERMANOS CALCAGNO, C.A. Propiedad Privada; hasta llegar a una edificación de tres niveles donde existe otro aviso donde se lee Edif. Hermanos Calcagno, C.A. Propiedad Privada, adyacente a dicho edificio en sentido oeste existe una construcción de un solo nivel, tipo galpón donde se encuentra un aviso en la parte superior de la pared que dice FABRICA DE MUEBLES RN SERVICIOS GENERALES C.A. J-310865291-9, Parroquia Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda. SEGUNDO: En lo que respecta a este particular, se dejo constancia en el particular anterior. TERCERO: En lo que respecta a este particular, el Tribunal deja constancia que se pudo observar a personas laborando con madera de diferentes tipos, laminas de formica, pega de color amarillo y herramientas propias de la actividad de carpintería. CUARTO: En lo que respecta a este particular, el Tribunal deja constancia que se encuentran: un compresor, cilindro color amarillo, dos cabezales, motor marca BAUKNECHT 220/440V N° 3198429-17; una lijadora orbital MAKITA modelo 9046, 6000 RPM, N° 109241E; Maquina de coser, color negro SINGER, modelo 241-12 con motor, mod CM14, 0,5HP; Taladro pedestal color rojo, mod CH-16E, 16 SPEED, DRILL PRESS; Tronzadora sin marca visible; Maquina de soldar, marca LINCOLN, modelo AC-225, GLM 110/220V; IGLETADORA marca RYOBI 8 ½” 210mm; Aspiradora marca RIDGID 5.0 HP 12 galones 45lts; Lijadora de Banda RYOBI; Pistola de clavo/engrapadora neumática; Taladro inalámbrico MAKITA 18v 3.0 AH Lion; Trompo PORTER cable; esmeril RYOBI 7”; Esmeril LG; Lijadora de banda marca TRUPER; Sierra circular sin marca; Trompo montado en banco de trabajo marca TAKIMA; y herramientas varias .QUINTO: En lo que respecta a este particular, el Tribunal deja constancia que se encuentran diferentes tamaños de madera compuesta como laminas de formica, envases de pega blanca y amarilla y perfiles de aluminio de diferentes calibres. SEXTO: En lo que respecta a este particular, el Tribunal deja constancia que se encuentra distribuido de un área de labores que representa el ochenta por ciento aproximadamente del galpón, un baño con WC, lavamanos y urinario, un área de cocina, una habitación oficina y un deposito de herramientas y materiales. SEPTIMO: En lo que respecta a este particular, el Tribunal deja constancia que el acto se tomaron DIECIOCHO (18) fotografías, con una cámara marca NOKIA LUMIA 820, las cuales deberán ser consignadas al expediente, impresas, dentro de los dos (02) días de despacho siguientes al de hoy. Se deja constancia que la apoderada judicial de la parte actora Abg. Belkis Barbella manifestó no ejercer su derecho al control de la prueba. Siendo las tres y veinte y cinco minutos de la tarde 3:25 p.m., el Tribunal ordena el regreso a su sede. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SUPLENTE
DRA. HILDA JOSEFINA NAVARRO REVETE
Abg. NELYDA AIMARA RIVAS PEÑA
Apoderada judicial de la parte demandada
RAFAEL JAVIER NUÑEZ GALINDEZ
BELKIS JOSEFINA BARBELLA INFANTE
Apoderada judicial de la parte actora
EL PRACTICO FOTÓGRAFO
LUIS PINTO
LA SECRETARIA,
Abg. OMAIRA MATERANO NUÑEZ
HNR/OM
E-17-192
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