REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

San Antonio de Los Altos, 2 de noviembre de 2017
207° y 158°


Vista la solicitud y documentación presentada por el ciudadano FRANCISCO PEÑA SÁNCHEZ, titular de la cédula de Identidad Nro. 12.958.009, asistido por los abogados LUIS CARLOS BERMÚDEZ ALARCON y JOSÉ MANUEL ECHEVERRÍA MÁRQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 143.045 y 153.418, respectivamente; y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por los solicitantes; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano FRANCISCO PEÑA SÁNCHEZ, antes identificado, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una vivienda constante de dos (02) plantas; la planta baja con un área de Sesenta y un Metros Cuadrados con veintiséis Centímetros Cuadrados (61,26mts2) y la planta Alta con un área de Setenta y cinco Metros Cuadrados Con treinta y seis Centímetros Cuadrados (75,36 Mts2), para un área total de construcción de aproximadamente CIENTO TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (136,62 Mtrs2), cuyas dependencias y especificaciones están en el escrito principal de la presente solicitud, consta en los planos presentados y se dan aquí por reproducidas. Que declara el solicitante haber construido sobre una parcela de terreno, ubicado en el Conjunto Residencial El Picacho, parcela distinguida con el Nro. catorce (14), San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias, del estado Miranda; que le pertenece según consta de Documento de Compra debidamente protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha veinticinco (25) de enero de mil novecientos ochenta y cinco (1985), quedando inscrito bajo el Número 28, Protocolo Primero, Tomo N° 05; y posterior Aclaratoria de linderos debidamente protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Miranda, en fecha veintiuno (21) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), quedando inscrito bajo el Número 15, Tomo N° 13, folio 16, Protocolo de Transcripción. Que el referido lote de terreno tiene una superficie aproximada de UN MIL CIENTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TRES DECIMETROS CUADRADOS (1.193,03 Mtrs2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforado por la Directora General de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda, bajo el Nro. 0004965.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,
EL SECRETARIO

BEYRAM DÍAZ MARTÍNEZ
NÉSTOR PERDOMO J.



Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO





Expediente Nº: S-2017-226
BDM/ NPJ /mmd