REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA









JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



San Antonio de Los Altos, 23 de noviembre de 2017
207° y 158°



Revisada como ha sido la presente Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS requerida por la ciudadana Blanca Nieves Fernández de Benítez, ampliamente identificada en autos, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el número 33.441, actuando en nombre propio y en representación de sus hijos; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos BLANCA NIEVES FERNÁNDEZ de BENÍTEZ, PEDRO ADDIEL BENÍTEZ FERNÁNDEZ, ZOINOR BENÍTEZ FERNÁNDEZ y BENJAMÍN BENÍTEZ FERNÁNDEZ, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.434.854, 10.350.870, 10.350.871 y 15.715.669, en su orden; con el carácter de causahabientes, siendo esposa e hijos del causante, ciudadano PEDRO ALEJANDRINO BENÍTEZ BRITO, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 2.656.109 y falleció en fecha veintiuno (21) de junio de dos mil diecisiete (2017), tal como se evidencia en Acta de Defunción signada con el N° 40, Libro DOS (2), de Fecha 21/06/2017, emitida por el Registro Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a la solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

En cuanto a la solicitud de copias certificadas contenida en la parte in fine del escrito que encabeza el presente procedimiento, y jurada como ha sido la urgencia del caso; este Tribunal la acuerda por ser procedente y ordena expedir dos (2) juegos de copias de la totalidad de las actas que conforman el expediente, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.

LA JUEZA TITULAR,


EL SECRETARIO TITULAR,
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ


NÉSTOR PERDOMO JIMÉNEZ







Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Se expidieron las copias requeridas.
EL SECRETARIO



Expediente N°: S-2017-256
LCH / NPJ / jge