REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 02 de Octubre de 2017.
207º y 1578
De una revisión de las actas que conforman las presente actuaciones, iniciadas con motivo del expediente de DESLINDE, que sigue la ciudadana MAGLI ELISMAR BECERRA MEJIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.576.868, actuando en nombre y representación del ciudadano JOSE ENRIQUE PINTO BALLESTEROS, venezolano, titular de la cé3dula de identidad Nº 16.589.755, según poder especial otorgado en la Notaría Pública del Municipio Los Salías, el cual quedo inserto bajo el Nº 35, Tomo 116, folio 129 hasta el 131, asistida por los abogados ciudadanos JUAN CARLOS COLMENARES y ALEXANDER JOSE MADRIS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 262.370 y 260.025 respectivamente, contra la ciudadana GLADYS OMAIRA MOGOLLON MORALES, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 11.550.083. Este Tribunal, encuentra que por cuanto en fecha 02-08-2017, declaro Inadmisible el presente expediente, en consecuencia, este Tribunal ordena el CIERRE y ARCHIVO de este expediente. Remítase al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA TEMPORAL
Abg. DAMELIS FIGUERA.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
THA/DF/tb
Exp. Nº 2017-10015.
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