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 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL  DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
 
 Los Teques,  27  de   Octubre   de  2017.
 207º y 158º
 
 
 Evacuadas como han sido las presentes actuaciones que conforman la Solicitud de Justificativo de Testigos, presentada por el ciudadano JOSÉ ANTONIO BECERRA, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 4.211.699, actuando en este acto en nombre y representación de la ciudadana SONIA JANETTE BECERRA MOLINA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.315.686, asistido por la abogada SORAYA GUGLIELMELLI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 174.011, sobre la construcción de unas bienhechurías ubicadas en la Calle Nº 8, Quinta Nº 100, Urbanización Tina Antonia, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda. Se devuelve las presentes actuaciones a la parte interesada, constante de diez  (17) folios.-
 LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
 
 
 Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
 LA SECRETARIA TEMPORAL,
 
 Abg. DAMELIS FIGUERA ALBARRAN.
 
 
 En esta misma fecha se devuelve las presentes actuaciones.
 
 
 LA SECRETARIA TEMPORAL
 THA/DFA/Máximo
 Soliicitud N° 2017-5647.
 
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