REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 20 de Septiembre de 2017
207° y 158°

Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Y DE MATRIMONIO, presentada por el ciudadano EBER ASCANIO DÍAZ OROPEZA, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-11.817.615, de este domicilio, asistido por los abogados ERASMO SIGNORINO y GEMMA CARABALLO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 66.851 y 278.567, respectivamente, este Tribunal conforme a la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de mayo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela bajo el N° 39.152, el 02 de abril de 2009, admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres ni alguna disposición expresa de la Ley, en consecuencia, se ordena emplazar a los ciudadanos NEIDA DEL VALLE; PEDRO CARLOS y LUIS EDUARDO, todos de apellidos Díaz Oropeza, para el décimo día (10) de despacho siguiente a la constancia en autos de la última citación que se practique, previa a la publicación de un cartel, emplazando a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos para que comparezcan ante este Juzgado al referido acto, es decir, a fin de que expongan lo que consideren pertinente, el referido cartel se publicara en el diario ULTIMAS NOTICIAS. Vencido como sean los diez (10) días de despacho siguiente del emplazamiento a que se ha hecho referencia, sí no hubiere oposición, quedará el procedimiento abierto a pruebas por un lapso de 10 días de despacho, vencido dicho lapso, el Tribunal decidirá sobre la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO Y DE MATRIMONIO respectivamente. Igualmente, se ordena librar boleta de citación al fiscal del Ministerio Público, anexándole copia certificada del escrito y del presente auto de admisión, Líbrese cartel y boleta de citación a la Fiscal del Ministerio Público. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abg. DAMELIS FIGUERA ALBARRAN.

NOTA: En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado, por cuanto faltan fotostatos para proveer la correspondiente boleta a la Fiscal del Ministerio Publico.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

THA/DFA/Máximo
Exp. N° 17-5651