REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA


Los Teques, 28 de Septiembre de 2017.

206º y 158º

En la solicitud de Separación de Cuerpos presentada por ante este Tribunal, por los ciudadanos MARBELYS ADRIANA ALAMO OJEDA y ALEXIS JOSÉ OCHOA LABARCA, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros 16.148.943 y V-16.887.534, respectivamente, debidamente asistidos de abogado, este Tribunal observa de la revisión de las presentes actuaciones que en fecha 29 de Junio de 2016 se dicto sentencia mediante la cual se declaro Con Lugar la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes de los ciudadanos MARBELYS ADRIANA ALAMO OJEDA y ALEXIS JOSÉ OCHOA LABARCA, y en fecha 12 de julio de 2016 se decreto su ejecución, por lo que la presente solicitud se encuentra terminada, en consecuencia SE ORDENA EL CIERRE Y ARCHIVO DE LA PRESENTE SOLICITUD y su remisión al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Miranda. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA

LA SECRETARIA TEMPORAL,


Abg. DAMELIS FIGUERA ALBARRAN,

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.-

LA SECRETARIA TEMPORAL,




THA/DFA/Máximo
Solicitud. N° 15-9755.