REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 2 de abril de 2018
207° y 159°
Revisada como ha sido la presente Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS requerida por los ciudadanos María De Jesús De Andrade, María Carmen De Andrade de Caires y Agostinho Ernesto De Andrade Caires, ampliamente identificados en autos, representados por la abogada Belinda Burgos Amarista, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 77.822 y titular de la Cédula de Identidad N° V-13.128.554, tal como consta en Poder autenticado ante la Notaría Pública Décima Sexta del Municipio Libertador Distrito Capital, en fecha 3 de marzo de 2016, quedando anotado bajo el N° 15, Tomo 26, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARÍA DE JESÚS DE ANDRADE, MARÍA CARMEN DE ANDRADE DE CAIRES y AGOSTINHO ERNESTO DE ANDRADE CAIRES, la primera de los nombrados de nacionalidad portuguesa y los siguientes venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. E-913.124, V-9.063.480 y V-12.073.909, en su orden, con el carácter de causahabientes, siendo esposa e hijos del causante, ciudadano AGOSTINHO DE ANDRADE PEREIRA quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 6.969.073 y falleció en fecha veintinueve (29) de mayo de dos mil once (2011), tal como se evidencia en Acta de Defunción signada con el N° 512, Tomo III, de Fecha 30/05/2011, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Los Teques, Municipio Bolivariano Guaicaipuro del estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR,
EL SECRETARIO TITULAR,
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
NÉSTOR PERDOMO JIMÉNEZ
Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2018-030
LCH / NPJ / jge