En el día de hoy, jueves veintiséis de abril de dos mil dieciocho, siendo las nueve y cero minutos de la mañana (09:00 a.m.), se trasladó y constituyó de este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario y de conformidad con lo acordado mediante auto de fecha 17 de enero de 2018, inserto al folio (66), junto con el abogado en ejercicio VICTOR ROMAN RONDON PORRAS, inscrito en el IPSA bajo el Nº 87.831 quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte co demandante, ciudadano: JOSE ANTONIO CHACON BORRERO, titular de la cédula de identidad N° V-15.566.580, en la siguiente dirección: Inmueble ubicado en el Conjunto Residencial Los Kioskos, Edificio Los Sauces, piso 1, apartamento 1-2, Avenida Guayana, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la ejecución en la presente causa la cual consiste en el DESALOJO DEL INMUEBLE decretado en el JUICIO que por DESALOJO (VIVIENDA) siguen los ciudadanos JOSE ANTONIO CHACON BORRERO y MARICELI DEL VALLE CHACON BORRERO contra la ciudadana SONIA MARGARITA MORENO ANGULO, en el expediente N° 190-17 que cursa por ante este Tribunal. Acompañan al Tribunal los funcionarios policiales los oficiales KEVISON JOSUE ONTIVEROS G. y DARWIN COLMENARES Z, titulares de las cédulas de identidad Nºs. V-21.085.741 y V-19.877.147, placas Nºs. 5693 y 5169, adscritos a la Dirección de Control de Reuniones Públicas y Manifestaciones de POLITACHIRA. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la presente ejecución, para lo cual efectúa los toques de ley a las puertas del presente inmueble, saliendo la ciudadana SONIA MARGARITA MORENO ANGULO, titular de la cédula de identidad N° V-3.788.772, en su carácter de demandada, a quien la ciudadana Juez notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, quien se encuentra acompañada de su co apoderado judicial abogado WILMER JESUS MALDONADO GAMBOA, inscrito en el IPSA bajo el Nº 67.025. Así mismo, se deja constancia de la presencia de: el abogado CALIXTO LUGERIO DIAZ GONZALEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nº 191.811, con el carácter de Coordinador de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda del Estado Táchira; la abogado YAQUELINE RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-13.304.041, Defensora Pública Provisoria San Cristóbal Estado Táchira; igualmente acompaña al Tribunal, la ciudadana ALBA MAYITA ZAMBRANO ALVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-8.085.236, abogado, inscrita en el IPSA bajo el Nº 130.642, representante de la Depositaria Judicial Los Andes, C.A., según poder Protocolizado ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida de fecha 13-05-1997, inserto bajo el N° 53, Tomo A-1, y debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 06 de mayo de 1994, bajo el Nº 46, Tomo A-4, 2do Trimestre y debidamente autorizada mediante Resolución Nº 249 del Ministerio de Interiores y Justicia. En este estado, la ciudadana Juez impone a la Notificada su obligatoriedad de proceder al retiro voluntario de todos sus bienes muebles y pertenencias que se encuentran dentro del inmueble, para lo cual la parte actora suministra en este mismo acto, personal y transporte para realizar el traslado de los mismos a la dirección que indique la parte demandada; así mismo le informa, que en caso de no disponer de una vivienda donde hospedarse, se encuentra habilitado un refugio temporal ubicado en la Vía Principal de Borota, Municipio Lobatera del Estado Táchira, el cual reúne las condiciones necesarias de habitabilidad según se evidencia de oficio Nº CRT-082-1-1-2018, de fecha 16 de abril de 2018, emanado del Coordinador de la Superintendecia de Arrendamiento de Vivienda del Estado Táchira (folio 96), quien encontrándose presente en este acto, informa al Tribunal que el refugio mencionado se encuentra habilitado y que la expresión “habilitará” utilizada en el oficio se trata de un error de redacción. En este estado siendo las doce y treinta minutos del medio día (12:30 p.m.) el Tribunal procede a hacer entrega formal del inmueble libre de personas, bienes y cosas al ciudadano JOSE ANTONIO CHACON BORRERO, ya identificado, en su condición de co-demandante, quien lo recibe conforme y en el estado en que se encuentra. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las doce y treinta y cinco minutos del medio día (12:35 p.m.) y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.


Abg. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
JUEZ TITULAR


JOSE ANTONIO CHACON BORRERO
CO DEMANDANTE


Abg. VICTOR ROMAN RONDON PORRAS
APODERADO JUDICIAL DEL CO DEMANDANTE


OFICIAL KEVINSON JOSUE ONTIVEROS G.
FUNCIONARIO POLICIAL


OFICIAL DARWIN COLMENARES Z.
FUNCIONARIO POLICIAL


SONIA MARGARITA MORENO ANGULO
DEMANDADA


Abg. WILMER JESUS MALDONADO GAMBOA
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDANTE




Abg. CALIXTO LUGERIO DIAZ GONZALEZ
COORDINADOR DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE VIVIENDA DEL ESTADO TACHIRA


Abg. YAQUELINE RODRIGUEZ
DEFENSORA PÚBLICA PROVISORIA DEL ESTADO TACHIRA


CARLOS IVAN GARCIA GUERRERO
ALGUACIL


Abg. NORMA MAGALLY ONTIVEROS CHACON
SECRETARIA

Exp. N° 190-16
RMCQ/Magally o.