REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 10 de Agosto de 2018.
208º y 159º
Visto el escrito de Solicitud de 185-A, y sus recaudos presentados por los ciudadanos MARIA YULEXY MEDINA GOMEZ y LEONARDO AMADO INOJOSA GOMEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.465.644 y 12.731.890, respectivamente, asistidos por el abogado HECTOR HOINNES RAMIREZ, inscrito en el inpreabogado Nº 46.104, recibida por ante este Tribunal en fecha 07-06-2018, en la cual se verificaron los documentos, este Tribunal, observa que el solicitante LEONARDO AMADO INOJOSA GOMEZ, antes identificado, no ha comparecido a firmar la solicitud, en consecuencia, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la Admisión o no de la Solicitud que nos ocupa, insta al solicitante LEONARDO AMADO INOJOSA GOMEZ, a que comparezca ante este Tribunal a firmar dicha solicitud, y así se establece.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA,
Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO.
THA/HJN/lf
Exp. Nº 2018-10.152.
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