REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 02 de agosto de 2018
207º y 158º

Vista la diligencia de fecha 19 de julio de 2018, suscrita por la abogada HAYDEE MIREYA CASANOVA ZAMBRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 107.859 en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano ADRIÁN BIRRO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.888.381, en el juicio que por DESALOJO, sigue en contra de la Sociedad Mercantil CONFECCIONES KAIL, C.A., mediante la cual solicita la aclaratoria del auto dictado en fecha 09 de julio de 2018, en el cual se fijó la Audiencia o Debate Oral para el Vigésimo Quinto (25) día de despacho siguiente a las diez de la mañana (10:00 a.m.). Este Tribunal antes de proveer sobre lo solicitado, observa: De una revisión de las actas que integran el presente expediente, especialmente el auto de fecha 09 de julio de 2018, cursante al folio 14, se evidencia que este Órgano Jurisdiccional incurrió en un error involuntario en el citado auto, al fijar el Vigésimo Quinto (25º) día de despacho siguiente, para que tuviera lugar la Audiencia o Debate Oral, siendo lo correcto tal y como lo dispone la norma contenida en el artículo 869 del Código de Procedimiento Civil, el día calendario siguiente, por tanto, quien aquí suscribe a los fines de subsanar dicho error, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, y a los fines de garantizar a las partes la certeza de los actos, y estabilidad del presente juicio, fija la AUDIENCIA O DEBATE ORAL, para el día lunes 17 de septiembre de 2018, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), notifíquese a las partes. Líbrense Boletas de Notificación.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,

Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO R.

THA/HJNR
Nº 17-10041