REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

Los Teques, 06 de Agosto de 2018.
208º y 159º

Evacuadas como han sido las presentes actuaciones que conforman la Solicitud de Justificativo de Testigos, presentada por el ciudadano RAMON MIGUEL SOYANO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 13.015.278, sobre la construcción de unas bienhechurías ubicadas en la Urbanización Colinas de Carrizal, Sector Mucuritas, Municipio Carrizal, Estado Bolivariano de Miranda. Expídase por secretaría un juego de copias certificadas de la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, así mismo se devuelven las presentes actuaciones a la parte interesada, constante de cincuenta y tres (53) folios.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,

Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO.


En esta misma fecha se devuelve las presentes actuaciones.


LA SECRETARIA,








THA/HJN/lf
Soliicitud N° 2018-5710.