REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES.

Los Teques, 06 de agosto de 2018
208° y 159º

De la revisión de las presentes actuaciones se evidencia que este Tribunal mediante decisión dictada en fecha 19 de junio de 2018, declaró Con Lugar la solicitud de Divorcio artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos LUIS ALBERTO LINARES CORONADO y GENESIS MICHELLY QUIROGA VIELMA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad números V-16.671.438 y 18.772.679, respectivamente; en fecha 02 de julio de 2018 decretó la ejecución de sentencia antes mencionada, y en fecha 03 de agosto de 2018, la abogada ZENAIDA PADRINO, apoderada judicial de los ciudadanos inicialmente mencionados, mediante diligencia consignó copia de los oficios Nros. 2018-249 y 2018-250, recibidos por las oficinas de Registro Civiles correspondientes, por cuanto se observa que el proceso está terminado, este Tribunal en consecuencia ordena el cierre y archivo del presente expediente y su remisión al Depósito de expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Miranda. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERERRA ALMEIDA
LA SECRETARIA,


Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.


LA SECRETARIA,


THA/HJN/Damelis
Exp. Nº 18-10143