REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA


Los Teques, 07 de Agosto del 2018.
208º y 159º

Vista la anterior diligencia suscrita por la abogada YOLANDA CORDOVA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.928.401, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 163.704, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora en el presente juicio, mediante la cual expone: “…Se libre boleta de notificación a la ciudadana CARMEN CAROLINA BASTARDO GUERRERO, a los fines de la notificación de la misma en vista de que concluyo el lapso de 180 días para que ejerciera el recurso Contencioso Administrativo de Nulidad …”. Al respecto este Tribunal de una revisión de los recaudos consignados en el presente expediente, en fecha primero de marzo de 2018 por la parte actora, se observa, que en dichos recaudos, no consta que se haya practicado la notificación de la parte demandada ciudadana CARMEN CAROLINA BASTARDO DIAZ, de la providencia administrativa dictada por la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda, de fecha 31 de octubre de 2017, la cual debe ser realizada por dicho órgano administrativo, que emitió tal providencia, en tal virtud se insta a la parte actora a consignar en autos el haber dado cumplimiento a la práctica de la notificación de la parte accionada, ante el órgano administrativo, y una vez conste en autos este Tribunal emitirá su pronunciamiento respecto a la continuidad de la presente demanda, y así se decide.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA
LA SECRETARIA,


Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO R.




THA/HJNR/Máximo
Exp. N° 11-8834.