REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

I

Se dio inicio al presente procedimiento, mediante escrito contentivo de solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentado en fecha 3 de octubre de 2018, por los ciudadanos DAVID RAFAEL RODRIGUEZ RODRÍGUEZ y AURA ROSA PINTO ZERPA, venezolanos, mayores de edad titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-12.927.361 y V- 12.754.580, respectivamente, asistidos y representada por el abogado Félix Perdomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número Nro. 107.734; la cual fue admitida ocho (8) de Octubre de 2018, ordenándose la notificación del Fiscal XI del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, y librándose la boleta correspondiente.
En fecha 21 de Noviembre de 2018, consigna diligencia el Alguacil Titular de este Tribunal, dejando constancia de haber practicado la Notificación a la Fiscal XI del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.
Habiendo vencido el lapso de diez (10) días de despacho que establece el artículo 185-A del Código Civil, sin que el Fiscal del Ministerio Público haya comparecido a hacer objeción alguna en relación a la notificación que le fuera entregada; y habiéndose cumplido con los requisitos de Ley, este Tribunal pasa a dictar sentencia en los siguientes términos:
II

Este Tribunal a los fines de decidir observa:

Alegaron los solicitantes que contrajeron matrimonio civil en fecha treinta (30) de Agosto de dos mil trece (2013), ante La Alcaldía Municipio Miranda (Bejuma) del estado Carabobo, según consta en Acta Nº 68, del año 2013. Que establecieron su último domicilio conyugal en calle La Ermita, Residencia Anita, piso 14, apartamento 141, sector La Anunciación, San Antonio de los Altos, Jurisdicción del Municipio Los Salias, estado Miranda. Que en la unión matrimonial no procrearon hijos, Que han permanecido separados desde el 1 de septiembre de 2013 que han separado de hecho por más de cinco (5) años, por lo que de mutuo y amistoso acuerdo han decidido acudir a este Juzgado a fin de solicitar se declare el divorcio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil.
El Artículo 185-A del Código Civil invocado por los contrayentes, establece lo siguiente:

“Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común…”


Ahora bien, de la lectura efectuada a la norma anteriormente trascrita, se evidencia que en el presente caso, fueron cumplidas las exigencias previstas en la misma, y por ello concluye esta Juzgadora que la solicitud que encabeza la presente actuación debe prosperar, y así se decide.

III

Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos DAVID RAFAEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ y AURA ROSA PINTO ZERPA, venezolanos, mayores de edad titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-12.927.361 y V- 12.754.580, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha treinta (30) de Agosto de 2013, ante La Alcaldía Municipio Miranda (Bejuma) del estado Carabobo, según consta en Acta Nº 68, del año 2013.
Notifíquese mediante oficio a las autoridades competentes, con inclusión de las copias de la presente decisión, previa su certificación por la Secretaría de este Despacho, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez que la misma quede firme.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en San Antonio de Los Altos, a los diez (10) días del mes de Diciembre del año dos mil dieciocho (2018). Años 207º de la Independencia y 159º de la Federación.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNANDEZ
NÉSTOR PERDOMO

Se deja constancia de que en la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia siendo la 11:00 a.m..
EL SECRETARIO




Expediente S-2018-194
LCH/NPJ/ws