JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 08 de enero de 2018.

De la revisión de las actas que conformen el actual expediente, se destaca que el partidor designado: ingeniero LUIS ÁLVARO PERNÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-2.813.313, presentó el correspondiente proyecto de partición en fecha 23 de noviembre de 2017 (folios 230 al 271). En tal sentido, esta Juzgadora pasa a considerar lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, que reza de la siguiente manera:

Artículo 785.- Presentada la partición al Tribunal se procederá a la revisión por los interesados en el término de los diez días siguientes a su presentación. Si éstos no formularen objeción alguna, la partición quedará concluida y así lo declarará el Tribunal.

En consecuencia, trascurrido el lapso de diez (10) días siguientes referidos en la norma antes aludida, sin que las partes interesadas procedieran a formular objeción alguna, se procede a DECLARAR CONCLUIDA LA PARTICION.

Asimismo, conforme a lo requerido en diligencia de fecha 20 de diciembre de 2017 (folio 277), suscrita por la abogada VIANY MARIBEL NIÑO RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.448, actuando en sus propios derechos como parte actora, se ordena expedir por secretaria COPIAS FOTOSTATICAS CERTIFICADAS de los siguientes folios: 230 al 271, que corren insertos en original, de la diligencia que la solicita (folio 277), y del presente auto que la acuerda de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.



Abg. Diana Beatriz Carrero Quintero
Juez Temporal

Abg. Katherin Díaz Cárdenas
Secretaria Accidental

En la misma fecha se declaro concluida la partición, y se acordaron las copias certificadas requeridas.

Abg. Katherin Díaz Cárdenas
Secretaria Accidental

Exp. N° 8267.
Oscar.-