REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

San Antonio de Los Altos, 24 de enero de 2018
207° y 158°


Vista la solicitud y documentación presentada por los ciudadanos RENI DI GIROLAMO MONTEFIORE y MARÍA GABRIELA DE PAIVA DE JESUS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de Identidad Nros. 11.041.441 y 10.871.320, respectivamente, asistidos por el abogado Carlos José De Paiva De Jesús, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 59.852; y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por los solicitantes; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos RENI DI GIROLAMO MONTEFIORE y MARÍA GABRIELA DE PAIVA DE JESUS, antes identificados, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una vivienda, constante de tres (03) niveles; denominadas planta semisótano, planta baja y planta alta; para un área total de construcción aproximada de CUATROCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (418,53 Mtrs2), cuyas dependencias y especificaciones están en el escrito principal de la presente solicitud, consta en los planos presentados y se dan aquí por reproducidas. Que declaran los solicitantes haber construido sobre parcela, ubicada en la urbanización Club de Campo, Calle Zambrano Nro. 128, en San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias, del estado Miranda; que le pertenece según consta de Documento de Compra ante la Oficina de Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Miranda, en fecha dos (02) de septiembre de dos mil cuatro (2004), quedando inscrito bajo el Número 10, tomo 08, Protocolo Primero y posterior aclaratoria ante la misma oficina de registro en fecha 16 de octubre de 2017, bajo el Numero 24, tomo 14, folio 138, Protocolo de Transcripción. Que el referido lote de terreno tiene una superficie aproximada de UN MIL METROS CUADRADOS (1.000,00Mtrs2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforado por la Directora General de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda, bajo el Nro. 0013707.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO

LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
NÉSTOR PERDOMO J.



Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO





Expediente Nº: S-2017-320
LCH/ NPJ /mmd