JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, dos de febrero de dos mil dieciocho.
207°y 158°
En fecha 08 de enero de 2018 el abogado Rodmy Antonio Mantilla Espinoza, titular de la cédula de identidad N° V-9.244.339, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.489, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano Valentín Hernández Cepeda, titular de la cédula N° E-82.208.385, presentó diligencia mediante la cual desistió formalmente de la acción y del procedimiento.
Ahora bien, revisado como ha sido el presente expediente se observa al folio 23 poder apud acta conferido por el ciudadano Valentín Hernández Cepeda a los abogados Rodmy Antonio Mantilla Espinoza y Ricardo Da Silva Escobar, en el que se expresa lo siguiente:
"De conformidad con el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil confiero Poder Judicial Apud Acta a los abogados RODMY ANTONIO MANTILLA ESPINOZA Y RICARDO DA SILVA ESCOBAR...
...para que me represente, sostengan y defienda mis derechos, intereses y acciones en el presente Juicio conjunta o separadamente. En ejercicio de dicha representación quedan facultados los mencionados abogados para seguir el juicio en todas sus instancias, grados e incidencias; pudiendo realizar las actuaciones que a continuación se especifican: Realizar todas las defensas o alegatos, darse por citado o notificado, convenir, transigir, comprometer en arbitros, solicitar la decisión según equidad...."
Del fragmento del poder trascrito se evidencia que el abogado Rodmy Antonio Mantilla Espinoza, no tiene facultad expresa para desistir, de la acción y del procedimiento, tal como está preceptuado en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, en razón de lo expuesto, se niega la homologación de tal desistimiento. Así se decide.
LA JUEZ TEMPORAL
FLOR MARÍA AGUILERA ALZURU
LA SECRETARIA

JOHANNA LISBETH QUEVEDO POVEDA


En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia siendo la 3:00 de la tarde del día de hoy.
La Secretaria
JOHANNA LISBETH QUEVEDO POVEDA



Exp. 35694