REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDIANARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Expediente Nº 17-3445
Los Teques, 01 de febrero de 2018
206º y 157º
Por cuanto se observa de las actas que conforman el presente expediente, iniciadas con motivo de Declaración de Herederos Universales, solicitado por el abogado JOSE MIGUEL SANSONE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.413.603, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 260.237, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana SIKIU ESTHER COELLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº V-12.693.888, se observa que en fecha dieciocho (18) de enero del año dos mil dieciocho (2018), se dictó sentencia Interlocutoria con fuerza de definitiva, declarando inadmisible la presente solicitud por cuanto no fue válidamente presentado ya que no fue firmado por los solicitantes, en tal virtud, este Tribunal ORDENA EL CIERRE Y ARCHIVO DEL PRESENTE EXPEDIENTE, y su remisión al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA
LA SECRETARIA
Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO REVETE
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA.
Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO REVETE
THA/HJNR/leiskar
Expte N° 17-3445