REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 03 de julio de 2018.
208º y 159º

De una revisión de las actas que conforman las presente actuaciones, iniciadas con motivo de la solicitud de Separación de Cuerpos, presentado por los ciudadanos MARIN MANGARRE LEONEL ENRIQUE y DELGADO BARRIOS LEGNA NAYAT, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-20.411.547 y 19.388.637 respectivamente, debidamente asistido por la abogada KATIA PEREZ OLAVE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 56.306, este Tribunal, encuentra que por cuanto en fecha 22-06-2018, declaro Inadmisible la presente solicitud, en consecuencia, este Tribunal ordena el CIERRE y ARCHIVO de esta solicitud. Remítase al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA


Abg. HILDA NAVARRO.


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.


LA SECRETARIA,





THA/HN/tb
Exp. Nº 2018-10106.