Gado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, ocho de junio de dos mil dieciocho.
208° y 159°
Vista la diligencia de fecha 22 de noviembre de 2017, la cual contiene TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, debidamente suscrita por los Abogados CARLOS MARTÍN GALVIS HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-l 1.508.329, inscrito en el IPSA bajo el N° 24.480, actuando con el carácter de la parte demandante y el abogado LENIN ALBERTO ZAMBRANO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.364.806, inscrito en el IPSA bajo el N° 219.177, actuando como apoderado de la parte demandada; Y vista la diligencia suscrita por el abogado CARLOS GALVIS, actuando con el carácter acreditado en autos, en la que consigna documento de compra venta registrado el 25-04-2018, bajo el N° 2018.199, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el N° 427.18.2.1.7994, Folio Real del año 2018, para que se proceda a la homologación de la transacción y definitiva liberación del demandado al haber cumplido con los términos de la misma. Y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente.
La Juez Temporal
FLOR MARÍA AGUILERA ALZURU
La Secretaria Temporal
HEILIN CAROLINA PAEZ DAZA
Exp. N° 35586
Elena