REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, jueves 7 de junio del año 2018
208 ° y 159 °
Asunto núm. SP01-L-2018-000014
Vista la diligencia de fecha 5 de mayo del año 2018, suscrita por la abogada María Gabriela Linares Angarita, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad n. ° V.- 18 089 263, inscrita en el Inpreabogado con el número 143 414, mediante la cual desiste del presente procedimiento; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en concordancia con los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO Y DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por la abogada María Gabriela Linares Angarita, apoderada judicial de sociedad mercantil MARCA FÁCIL AUTOMERCADO C. A. (Rif. J-29351400-2) contra la providencia administrativa núm. 464-2017, de fecha 7 de agosto del año 2017 emanada de la Inspectoría del Trabajo Cipriano Castro del estado Táchira que declaró sin lugar la solicitud de calificación de falta, incoada por la representación legal de entidad de trabajo Merca Fácil Automercado C. A. en contra del ciudadano Kelian Samuel Contreras Gómez, venezolano, identificado con la cédula de identidad n. ° V.- 18 564 195, en el expediente administrativo núm. 056-2016-01-00235.
El juez
Abg. Miguel Ángel Colmenares Chacón
La secretaria judicial
Abg. ª Mónica Guerrero
Sentencia n. ° (interlocutoria con fuerza de definitiva)
Motivo: recurso de nulidad
Asunto n. ° SP01-L-2018-000014
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