REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 15 de marzo de 2018
207° y 159°
Revisado como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la abogada Belinda Burgos Amarista, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 77.822, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos BLANCA GUMERSINDA ALBORNOZ de BURGOS, BELKIS BURGOS ALBORNOZ y ARMANDO BRUGOS ALBORNOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-1.871.015, V-3.190.227 y V-3.657.457, respectivamente; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y del artículo 825 del Código Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos BLANCA GUMERSINDA ALBORNOZ de BURGOS, BELKIS BURGOS ALBORNOZ y ARMANDO BRUGOS ALBORNOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-1.871.015, V-3.190.227 y V-3.657.457, respectivamente; en su carácter de esposa e hijos del causante ARMANDO BURGOS, quien en vida era de nacionalidad venezolana, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad N° V-58.185, quien falleció en el día veintiocho (28) de septiembre de 2013, tal como se desprende de Acta de Defunción, emitida por la Oficina de Registro Civil y Electoral Municipio Los Salias, del estado Miranda, Acta Nro. 179, folio 179, del año 2013; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase la presente solicitud y las copias certificadas con sus resultas a la solicitante. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
NÉSTOR PERDOMO J.
Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO