REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 30 de mayo de 2018

208° y 159°
Revisado como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por el ciudadano JOSÉ SALVADOR LÓPEZ MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.924.677; asistido por los Abogados Rafael Blanco Guerra y Lucia Peña Chacón, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 134.054 y 101.981, respectivamente; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y del artículo 825 del Código Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JOSE SALVADOR LÓPEZ MARIN, WILFREDO RAFAEL ROJAS MARIN, INÉS DE LOS ANGELES ROJAS IBARRA y WILLIANS JOSÉ ROJAS IBARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros. V-7.924.677 y V-6.137.705, V-5.578.561 y V-5.225.368 respectivamente; en su carácter hijos de la causante JULIETA MARIN de LÓPEZ, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-633.587, quien falleció en el día veintiocho (28) de agosto de 2018, tal como se desprende de Acta de Defunción, emitida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia 23 de enero Municipio Libertar del Distrito Capital, Acta Nro. 1539, folio 038; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.

Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL

EL SECRETARIO
BEYRAM DÍAZ MARTÍNEZ

NÉSTOR PERDOMO J.

Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO