I
ANTECEDENTES
Se inicia el presente juicio por demanda incoada por el abogado FELIPE NARCISO HERNÁNDEZ APONTE, inscrito en el Inpreabogado con el No. 37.009, quien actúa en su propio nombre, mediante la cual demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, a la ciudadana MEICHAN ZOU, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 16.681.739, cuyo conocimiento correspondió, previo el sorteo de ley, a este Juzgado.
En fecha 06 de marzo de 2018, la parte accionante consigna las instrumentales que sirven de fundamento a su pretensión.
Mediante auto fechado 08 de marzo de 2018, este Juzgado admite la demanda incoada por el abogado FELIPE NARCISO HERNÁNDEZ APONTE, ya identificado, ordenándose el emplazamiento de la ciudadana MEICHAN ZOU, también ya identificada, conforme a lo preceptuado en el artículo 43 de la Ley de Regulación de Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, en concordancia con el artículo 865 del Código de Procedimiento Civil.
Gestionada la citación de la parte demandada, fue lograda la misma según consta de las resultas de la comisión conferida en la presente causa, cursantes a los folios 24 al 34, ambos inclusive.
En fecha 18 de julio de 2018, la parte accionada consigna escrito mediante el cual promueve las cuestiones previas contempladas en los ordinales 1º y 2º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
Mediante sentencia interlocutoria proferida el 9 de agosto de 2018, fue declarada SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal 1º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, atinente a la falta de competencia del Tribunal.
Por diligencia fechada 20 de septiembre de 2018, la parte actora solicita sea desestimada la cuestión previa de ilegitimidad de la persona del actor por carecer de la capacidad necesaria para comparecer en juicio.
Este Juzgado en fecha 5 de octubre de 2018, dicta decisión interlocutoria en la cual declara SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 2º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la ilegitimidad del actor por carecer de la capacidad necesaria para comparecer en juicio.