REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDIANARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 26 de septiembre de 2018
208º y 159º


Vista la diligencia de fecha 19 de septiembre de 2018, suscrita por la abogada JUDITH HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 117.720, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana NELIDA ELENA MEDINA ADRIAN, titular de la cédula de identidad Nº V-622.975, mediante la cual deja constancia que en fecha 12 de septiembre de 2018, el ciudadano ROVERT ANTONIO DABOIN JUSTO, titular de la cédula de identidad Nº 11.128.057, parte demandada en el juicio que por Desalojo sigue en su contra la ciudadana NELIDA ELENA ANTONIO DABOIN JUSTO, up supra mencionada, que procedió a entregar el inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Nº 12, ubicado en la Avenida Bolívar, Edificio Nevic, piso 1, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, motivo por el cual solicita el cierre y archivo de la presente causa, este Tribunal observa: En fecha 14 de agosto de 2018, este Tribunal ordeno la notificación de la parte demandada, a los fines de que señalara a este Tribunal si ya contaba con destino habitacional y visto que en fecha 12 de septiembre de 2018, la parte demandada, ciudadano ROVERT ANTONIO DABOIN JUSTO, antes identificado, dio cumplimiento voluntario a la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 13 de junio de 2017, este Órgano Jurisdiccional, deja sin efecto el cartel de notificación; y por cuanto no hay mas actuaciones que realizar, este Juzgado ORDENA EL CIERRE Y ARCHIVO DEL PRESENTE EXPEDIENTE, y su remisión al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA

LA SECRETARIA


ABG. HILDA JOSEFINA NAVARRO REVETE.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.


LA SECRETARIA.


ABG. HILDA JOSEFINA NAVARRO REVETE.

THA/HJNR
Expte N° 16-9940