REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques,06 de diciembre de 2018
208° y 159°
De una revisión de las actas que conforman el presente expediente, signado con el N° 31.283 (nomenclatura de este Tribunal); Quien suscribe observa que, en fecha 1 de octubre del año 2017, se recibió proveniente del Juzgado Distribuidor de Causas, el libelo de demanda con motivo de PARTICIÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA, planteado por el ciudadano ARMANDO RANCES BIANCHINI YÁNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.158.274, representado por la profesional del derecho YSLEYT KARINA MENDIRE CÁRDENAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 157.249; Evidenciándose que desde la fecha 18 de diciembre del año 2.017, no ha sido impulsada la continuación de la misma, transcurriendo a la fecha más de once (11) meses de absoluta inactividad, lapso que resulta suficiente para presumir que los accionantes no tienen interés en impulsarla, situación que afecta, sin duda, la normal prestación de los servicios judiciales, pues una vez que se plantea una solicitud los órganos jurisdiccionales deben avocarse a sustanciarlo, lo que implica una inversión de tiempo, tanto por parte de los funcionarios adscritos al Tribunal como por la Juez, quienes conocen de numerosos asuntos que también se tramitan a diario.
En vista de la inactividad observada en la demanda que da origen a esta actuación, este Tribunal debe concluir que se ha verificado un ABANDONODEL TRÁMITE, por lo que en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y la doctrina sentada por nuestro máximo Tribunal, se declara terminado el procedimiento, por falta del debido impulso procesal y consecuentemente, se ordena la remisión del mismo a la Oficina de Archivo Judicial. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR,
ELSY MARIANA MADRIZ QUIROZ
EL SECRETARIO TEMPORAL,
CARLOS OLMOS TOVAR
EMMQ/COT/DRPH.-
Exp. N°31.283.-