REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Táchira
San Cristóbal, 8 de Enero de 2019
208º y 159º
ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2014-001397
ASUNTO : SP21-S-2014-001397
SENTENCIA N ° 02-2019
INCIDENCIA PLANTEADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO SOLICITANDO MANDATO DE CONDUCCIÓN
En la audiencia de continuación del juicio de fecha 07 de Enero de 2019, la ABG. FRANCY MARIÑO, en su condición de Fiscal Vigésimo Segunda del Ministerio Público, interpuso formal incidencia en los siguientes términos: “Ciudadano Juez, en vista de las múltiples incomparecencias de la Representante Legal de la Victima, y a la evasión de las llamadas telefónicas que esta fiscalía le ha hecho a los fines de lograr su comparecencia a juicio, es por lo que solicito se libre mandato de conducción, pues su declaración es importante para el esclarecimiento de los hechos. Es todo”.”. Asimismo se le cede el derecho de palabra a la Defensa Técnica, quien manifestó: “No tengo objeción al pedimento formulado por la representación fiscal y en consecuencia me adhiero al mismo”. Revisada como ha sido la petición de la Fiscal Vigésimo Segunda del Ministerio Público. Este Juez Especializado DECIDE ACORDAR la petición efectuada, en virtud de que este tribunal ha agotado todos los medios previstos en la ley para hacer comparecer a la Representante Legal de la Victima, tal como se evidencia en sendas boletas de notificación DE FECHAS: 03-12-2018, 10-12-2018, 18-12-2018, con sus respectivas resultas las cuales le fueran libradas a la referida Ciudadana, para que comparezca a rendir declaración en calidad de testigo en el juicio que se le sigue al ciudadano: JESUS ALBERTO TERAN URBINA, venezolano, cédula de Identidad N° V-14.281.539, por la presunta comisión del delito de: ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, con el agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio de M.F.M.C. (se omiten datos por razones de ley), EN TAL SENTIDO SE ORDENA HACER COMPARECER POR LA FUERZA PÚBLICA A ESTE TRIBUNAL ÚNICO DE JUICIO, al ciudadano YHAMILET DEL VALLE CONTRERAS, LA CUAL PUEDE SER LOCALIZADA EN: Barrio Santa Rosa, Vereda 2, Casa S/N, La Grita, Municipio Jauregui, Estado Táchira, para que rinda declaración en la audiencia de continuación del juicio que ha sido fijada nuevamente para el día 14 DE ENERO DEL 2019 A LAS 10:00 AM. Todo ello en el marco de las facultades conferidas en el artículo 340 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual en su contenido establece: “…Cuando el experto o experta, o testigo oportunamente citado o citada no haya comparecido, el Juez o Jueza ordenará que sea conducido, por medio de la fuerza pública, y solicitará a quien lo propuso que colabore con la diligencia…”. ASI SE DECIDE.-CUMPLASE.-
ABG. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN
JUEZ DEL TRIBUNAL ÚNICO DE JUICIO CON COMPETENCIA
EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
ABG. YEISON GRISMALDO
SECRETARIO
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