REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Los Teques, cuatro (04) de febrero de dos mil diecinueve (2019).
Años 208º de la Independencia y 159º de la Federación.
Vista la solicitud de Justificativo de Testigos, los recaudos consignados y evacuadas las testimoniales presentadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS a favor del ciudadano JOSE YSABEL CORDOVEZ BETANCOURT, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-617.408, debidamente asistido por la abogada FANNY GONZALEZ DE MUJICA, inscrita en el Inpreabogado bajo el 267.705, y ordena su devolución en original junto con sus resultas, constante de catorce (14) folios útiles. Cúmplase.
LA JUEZ.-
DRA. ANDREA ACALÁ PINTO.
LA SECRETARIA ACC.-
ABG. MARIA AVILA.
En esta misma fecha siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), se publicó la presente decisión.
LA SECRETARIA ACC.
ABG. MARIA AVILA.
Exp N°4657/2018
AA/ma/ejrc
|