REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques 15 de julio de 2019
209° y 160°

De una revisión de las actuaciones del presente juicio que por desalojo de local comercial, interpuso el ciudadano NICOLAS NERY DEL CARMEN FIORE PULIDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.588.189, en contra la sociedad mercantil “SALON DE BELLEZA Y ESTETICA LOVELLY STUDIOS, C.A.”, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Bolivariano de Miranda, en fecha 04 de febrero de 2009, bajo el Nº 30, Tomo 4-A, número de Rif J-29711122-0, representada por las ciudadanas ELSA ZULAY ESCALANTE MORENO y BELKYS COROMOTO ESCALANTE MORENO, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V- 9.127.769, y 9.337.881, respectivamente, verificando este Tribunal que el presente juicio se encuentra en el lapso de promoción de pruebas de la contestación omitida, en tal virtud este Tribunal procede a pronunciarse sobre las pruebas promovidas por la parte actora en el libelo de la demanda, en los siguientes términos: en relación a las documentales promovidas por la parte actora en el escrito libelar, este Juzgado las admite por no ser las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva, y así se decide.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA TEMPORAL,


Abg. DAMELIS FIGUERA


THA/DF
Expediente Nº 19-10222