REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
209º y 160°
AUDIENCIA DE ORAL
EXPEDIENTE Nº 7979-2013
En horas de despacho del día hoy, dieciséis (16) de julio de dos mil diecinueve, siendo las NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (09:30 a.m.) día y hora fijados para llevar a cabo la AUDIENCIA ORAL en la presente causa, conforme lo dispone el artículo 870 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se anunció el acto a las puertas del Tribunal sin que se hiciera presente la accionante, abogada en ejercicio ANA MIREYA RUÍZ SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 5.686.727, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 44.312, ni el demandado, ciudadano MIGUEL HUMBERTO HURTADO ALZATE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 17.297.073, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial, en razón de lo cual, ante la inasistencia de las partes al desarrollo del debate oral, este Tribunal en aplicación de lo previsto en el artículo 871 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 271 ejusdem, DECLARA LA EXTINCIÓN DEL PRESENTE PROCESO. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Es Todo, terminó, se leyó y firman.
LA JUEZA PROVISORIA,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abg. DARCY SAYAGO ROMERO
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión, siendo la (s) 9:30 am, quedó registrada bajo el N° 193 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

Abg. DARCY SAYAGO ROMERO
Exp. Nº 7979-2013.
Mcmc/DarcyS.
Va sin enmienda.