REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 26 de junio de 2019.
209° y 160°
Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, del ciudadano NICOLAS ANTONIO SEGOVIA CAMEJO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-8.676.568, de este domicilio, asistido de abogado, este Tribunal conforme a la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de mayo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela bajo el N° 39.152, el 02 de abril de 2009, en concordancia con lo previsto en el artículo 769, del Código de Procedimiento Civil, admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres ni alguna disposición expresa de la Ley, en consecuencia, se ordena librar cartel, emplazando a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos, para que comparezcan ante este Tribunal al DECIMO (10°) día de despacho siguiente a la consignación y publicación que del aludido cartel se tenga en actas, a fin de que expongan lo que consideren pertinente, el referido cartel se publicara en el diario ULTIMAS NOTICIAS. Vencido como sean los diez (10) días de despacho siguiente al emplazamiento a que se ha hecho referencia, sí no hubiere oposición, quedará el procedimiento abierto a pruebas por un lapso de 10 días de despacho, vencido dicho lapso, el Tribunal decidirá sobre la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano NICOLAS ANTONIO SEGOVIA CAMEJO, titular de la cédula de identidad N° V-8.676.568. Igualmente, se ordena previo a lo anterior, librar Boleta de Citación al Fiscal del Ministerio Público, a objeto que emita opinión en relación a la solicitud interpuesta, anexándole copia certificada del escrito y del presente auto de admisión. Líbrese cartel y boleta a la Fiscal del Ministerio Público. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
DRA. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. DAMELIS FIGUERA.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
THA/DF/tb
Exp. N° 2019-5777