REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARINO DE MIRANDA

Los Teques, 27 de junio de 2019.
209º y 160º

De la revisión de las presentes actuaciones que conforman el presente expediente, este Tribunal observa por auto de fecha 05-06-2019, se ordeno la citación por carteles de los herederos conocidos de la parte demandada, el causante NERY ANTONIO RIVERO CAMEJO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº 611.343, y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil este Tribunal REVOCA por contrario imperio la referida actuación de fecha 05-06-2019, quedando sin efecto la misma, en virtud de que en el auto de admisión dictado en fecha 04 de abril de 2019, cursante en el folio 43 ordena que previo a la citación de los herederos conocidos se cite a los herederos desconocidos así como a quienes se crean asistidos de algún derecho, por Edicto, para que comparezcan a darse por citados en un termino de sesenta (60) días continuos, contados a partir de la publicación, consignación y fijación que del presente Edicto se haga, a darse por citados y exponga lo que a bien tengan en el presente procedimiento. De igual forma, la Secretaria fijará un cartel en la puerta de este Tribunal, con la advertencia de que en caso de no comparecer en el lapso señalado, se le nombrará defensor judicial con quien se entenderá la citación y demás trámites del juicio, conforme a lo establecido en el artículo 232 en concordancia con el artículo 144 ambos del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la Publicación del presente Edicto dos (2) veces por semana, una vez en el Diario “Ultimas Noticias” y otra en el Diario “La Región”, durante sesenta (60) días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 eiusdem. Líbrese Edicto con las inserciones de Ley, y hágase la fijación correspondiente. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA TEMPORAL


Abg. DAMELIS FIGUERA


THA/DF/tb
Exp. N° 18-10127