REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 04 de junio del año 2019
209º y 160º

De una revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, que por solicitud de DIVORCIO fundamentada en la interpretación constitucionalizante que del artículo 185 del Código Civil ha realizado la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia N° 693, de fecha 02 de junio de 2015 con Ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, siguen los ciudadanos YAMILETH RAMIREZ de TORREALBA y ORLANDO RAFAEL TORREALBA CEDILLO, venezolanos, mayores de edad, de estado civil casados, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.930.670 y V-6.275.978 respectivamente, asistidos por la abogada MARIA DE FREITAS K., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 281.844, este Tribunal evidencia que en fecha 24 de mayo de 2019, se dictó sentencia, declarando inadmisible la solicitud presentada por los ciudadanos identificados anteriormente, en consecuencia, este Tribunal declara que el proceso esta terminado, por lo que ordena el CIERRE y ARCHIVO de este expediente. Remítase al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abg. DAMELIS FIGUERA ALBARRAN.

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA TEMPORAL,



THA/DFA/Deivyd
Exp. Nº 19-10206