. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES.
Los Teques, 19 de marzo de 2019
208° y 160°
De una revisión de las actuaciones que anteceden en el presente expediente de Divorcio 185-A, presentada por los ciudadanos JOSE ALCIDES PAREDES RUZ y YAJAIRA ISABEL SIMANCA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de Identidad N° V-13.727.541 y V-12.452.112, respectivamente, debidamente asistido por el abogado SERGIO ARMANDO MENA HERNANDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 81.556, se evidencia que en el libelo cursante al folio uno (01), la parte solicitante no indicó el último domicilio conyugal. En consecuencia, este Tribunal INSTA a la parte solicitante a mencionar su último domicilio conyugal y una vez conste en autos este Tribunal se pronunciará en el presente proceso.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.
La Secretaria Temporal.
Abg. DAMELIS FIGUERA.
THA/DAF/jcrl.
Expediente Nº18-10.198
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