REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 07 de marzo de 2019
208º y 160º
Vista la diligencia de fecha 21/02/2019, suscrita por el abogado JUAN JOSE SERRANO PÉREZ, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 91.024, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora; y visto el escrito presentado en fecha 25/02/2019, suscrito por la abogada Gladys Valera Rivero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.678.509 e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 63.339, actuando en su propio nombre y representación, ya que manifiesta, tiene intereses personales en la presente causa, este Tribunal a los fines de emitir pronunciamiento a lo solicitado acuerda: 1) Solicitar copia certificada del expediente Nº MP-328447-2018, que cursa ante la Fiscalía Tercera de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, constante de dieciséis (16) folios útiles, en el cual versa la investigación penal respecto a la denuncia de fecha 10 de octubre de 2.005, que interpusiera la finada GREGORIA JOSEFINA NAVAS DE DÍAZ, en contra del finado CESAR VALERA VILLEGAS, ambos identificados en autos; 2) Realizar cómputo de los días de despacho transcurridos ante este Tribunal desde la fecha 16/11/2018, inclusive, fecha en que se le concede un lapso de quince días de despacho a los expertos, contados inclusive desde esta fecha, para que los expertos desempeñen su encargo, hasta la fecha en que fue presentado el escrito de recusación, es decir, en fecha 07/12/2018, exclusive; y cómputo de los días de despacho transcurridos ante este Tribunal desde el día 19 de febrero de 2019, inclusive, hasta la presente fecha; 3) Solicitar cómputo de los días de despacho transcurridos ante el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de esta Circunscripción Judicial, desde el día de despacho 17/12/2018, inclusive, hasta el día de despacho 29 de enero de 2019, exclusive; 4) Solicitar cómputo de los días de despachos transcurridos por ante el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de esta misma Circunscripción Judicial, desde la fecha 11/02/2019, inclusive, hasta el día de despacho 19/02/2019, exclusive. Y una vez consten en autos las resultas antes mencionadas este Tribunal emitirá su pronunciamiento, respecto a lo solicitado por las partes en diligencia de fecha 21/02/2019, suscrita por el abogado JUAN JOSE SERRANO PÉREZ, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 91.024, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora; y en escrito presentado en fecha 25/02/2019, suscrito por la abogada Gladys Valera Rivero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.678.509 e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 63.339. Líbrense Oficios. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. DAMELIS FIGUERA
Abg. DAMELIS FIGUERA, Secretaria Temporal del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien suscribe, HACE CONSTAR: Que desde el día 16 de noviembre de 2018, inclusive, fecha en que se le concede un lapso de quince días de despacho a los expertos, contados inclusive desde esta fecha, para que los expertos desempeñen su encargo, hasta la fecha en que fue presentado el escrito de recusación, es decir, en fecha 07/12/2018, exclusive, transcurrieron ante este Tribunal doce (12) días de despacho a saber: 16, 19, 20, 21, 22, 23, 27, y 30 de noviembre de 2018; y 3, 4, 5, 6 y 7 de noviembre de 2.018; y de la misma forma hace Constar que ante este Tribunal desde el día 19 de febrero de 2019, hasta la presente fecha, ambos inclusive, transcurrieron en este Tribunal trece (13) días de despacho a saber: 19, 20, 21, 25, 26 y 27 de febrero de 2.019; 6 y 7 de marzo de 2.018.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. DAMELIS FIGUERA
THA/DF/zamaytha
Exp Nº 18-7022 CUADERNO DE TACHA.
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