REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 28 de mayo del año 2019
209º y 160º
De una revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, que por DIVORCIO 185-A, siguen los ciudadanos EDUARD ENRIQUE BOLIVAR URIBE y YIRAI COROMOTO MIJARES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.487.620 y V-11.307.762 respectivamente, este Tribunal evidencia que en fecha 12 de julio de 2017, se dictó sentencia, declarando con lugar la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos identificados anteriormente, la cual esta definitivamente firme, en consecuencia, este Tribunal declara que el proceso esta terminado, por lo que ordena el CIERRE y ARCHIVO de este expediente. Remítase al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abg. DAMELIS FIGUERA ALBARRAN.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
THA/DFA/Deivyd
Exp. Nº 17-10019