REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .

JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 06 de noviembre de 2019.
209º y 160º
Por cuanto fui designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en reunión de fecha 10 de octubre de 2019, según Oficio TSJ-CJ-Nº 2337-2019 de la misma fecha, como Jueza Provisoria de este Tribunal, juramentada por el Órgano Rector y habiendo tomado posesión del cargo, me ABOCO al conocimiento de la presente causa, en el estado en que se encuentra.
De una revisión de las presente actuaciones se evidencia que en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, llevado por ante este Juzgado por el ciudadano ANTONIO GIUSEPPE GREGORIO RAGUSA TAMA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.279.290, en contra de los ciudadanos MANUELA MARIA DE GOUVEIA DE PAGANO; KATERINA PAGANO DE GOUVEIA y GEFFERSON FRANCISCO PAGANO PINTO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº 987.803; 10.281.800 y 20.412.808, respectivamente, en fecha 05 del presente mes y año el alguacil de este Juzgado consigno oficio Nº 285, librado en fecha 18-10-2019, al Registro Subalterno del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, el cual se encuentra debidamente firmado y sellado por dicho ente, siendo el caso que no habiendo mas actuaciones que realizar en la presente causa, en consecuencia, este Juzgado ordena el CIERRE y ARCHIVO del presente expediente y su remisión al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,

RUTH GUERRA MONTAÑEZ.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

DAMELIS FIGUERA.


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.


LA SECRETARIA TEMPORAL,


RGM/DF/lf
Exp. Nº 2017-10006.