REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Los Teques, 29 de Noviembre de 2019
SOLICITUD Nº S-653-19
DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
FECHA DE LA SOLICITUD: 14Noviembre de 2019.
SOLICITANTE: MARIA DE LAS MERCEDES GOMEZ DE PEDAUGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.451.590.
ABOGADA ASISTENTE: LUZ MONTERREY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 299.582.

Mediante escrito presentado en distribución en fecha 14Noviembre de 2019, por la ciudadanaMARIA DE LAS MERCEDES GOMEZ DE PEDAUGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.451.590, en la cual solicita se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS dela De Cujus GLAUDE LOURDES GARCIA DE GOMEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-624.706, a su favor y delos ciudadanosJOSE GREGORIO GOMEZ GARCIA, GAUDYS GUADALUPE GOMEZ GARCIA Y REINALDO ALEXANDER GOMEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-6.841.956, V-6.871.242 y V-6.879.196, respectivamente, asi como a la ciudadana FRANCY STEPHANIE VELAZCO GOMEZ, causahabiente de MARY FRANCY GOMEZ DE VELASCO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-20.413.602 y V-6.875.521, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.-
DICE LA SOLICITANTE QUE:
1º) En fecha 08 de Diciembre de 2018, falleció ab intestato, quien era su madreGLAUDE LOURDES GARCIA DE GOMEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-624.706.
2º) Acompaña la solicitud los siguientes recaudos: Acta de defunción dela causante GLAUDE LOURDES GARCIA DE GOMEZ; Actas de nacimiento de los ciudadanos MARIA DE LAS MERCEDES GOMEZ DE PEDAUGA, JOSE GREGORIO GOMEZ GARCIA, GAUDYS GUADALUPE GOMEZ GARCIA, REINALDO ALEXANDER GOMEZ GARCIA y FRANCY STEPHANIE VELAZCO GOMEZ; Declaración de Únicos y Universales Herederos del causante RIGOBERTO GOMEZ.

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha veintinueve (29) de Noviembre de dos mil diecinueve (2019), se oyeron las declaraciones de las ciudadanas LIVIS DEL CARMEN AGUILAR BARRIOS, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de 45 años de edad, de profesión u oficio Asistente Administrativo, titular de la cédula de identidad N° V-12.783.411, LISBETH GABRIELA COLINA HUERFANO, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de 55 años de edad, de profesión u oficio Secretaria Ejecutiva, titular de la cédula de identidad N° V-6.150.988, quienes afirmaron que conocen ala solicitante, asimismo conocieron ala De Cujus Glaude Lourdes García De Gómez, igualmente les consta que la solicitante, sushermanos y su sobrina son los Únicos Herederos dela causante. Declaraciones que este Tribunal les da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos: ACTA DE DEFUNCIÓN dela De Cujus GLAUDE LOURDES GARCIA DE GOMEZ, PARTIDAS DE NACIMIENTO de los ciudadanos MARIA DE LAS MERCEDES GOMEZ DE PEDAUGA, JOSE GREGORIO GOMEZ GARCIA, GAUDYS GUADALUPE GOMEZ GARCIA, REINALDO ALEXANDER GOMEZ GARCIA y FRANCY STEPHANIE VELAZCO GOMEZ, y DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante RIGOBERTO GOMEZcuyos datos da por reproducido este Tribunal. Estos documentos son demostrativos, primero, del fallecimiento dela causante GLAUDE LOURDES GARCIA DE GOMEZ, segundo, la filiación existente entre la De Cujus y los ciudadanosMARIA DE LAS MERCEDES GOMEZ DE PEDAUGA, JOSE GREGORIO GOMEZ GARCIA, GAUDYS GUADALUPE GOMEZ GARCIA, REINALDO ALEXANDER GOMEZ GARCIA y FRANCY STEPHANIE VELAZCO GOMEZ, y tercero, la filiación existente entre el causante RIGOBERTO GOMEZ y la De CujusGLAUDE LOURDES GARCIA DE GOMEZ, por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem, en concordancia con el articulo 429 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS dela De Cujus GLAUDE LOURDES GARCIA DE GOMEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-624.706, a sus hijos ciudadanos MARIA DE LAS MERCEDES GOMEZ DE PEDAUGA, JOSE GREGORIO GOMEZ GARCIA, GAUDYS GUADALUPE GOMEZ GARCIA Y REINALDO ALEXANDER GOMEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.451.590, V-6.841.956, V-6.871.242 y V-6.879.196, respectivamente, así como a la ciudadana FRANCY STEPHANIE VELAZCO GOMEZ, causahabiente de MARY FRANCY GOMEZ DE VELASCO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.413.602 y V-6.875.521, respectivamente, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual se encuentra redactada por la abogadaLUZ MONTERREY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 299.582, constante de treinta y tres (33) folios útiles. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal y publíquese en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.
La Juez,


Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO REVETE.

La Secretaria,


Abg. OMAIRA MATERANO NUÑEZ.
Dado, firmado y sellado, a las once horas y cuarenta y cinco minutos de la mañana (11:45 a.m.,) el día veintinueve de Noviembre de dos mil diecinueve (29/11/2019) en la Sala de Despacho de este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
La Secretaria,


Abg. OMAIRA MATERANO NUÑEZ.

HJNR/OMN/AC
Solicitud S-653-19
Sentencia Definitiva